sábado, 27 de noviembre de 2010

Las supuestas irregularidades estan ajustadas a Derecho

En ninguna Ley se establece que los trabajadores, en función de edad o antigüedad, no puedan ser susceptible de ser afectado por un Expediente de Regulación de Empleo. (La Ley solo excluye a los miembros del Comité de Empresa y los consejeros del Consejo de Administración).
Tampoco excluye a trabajadores Fijos Discontinuos, o pertenencientes a Bolsa de Contratación en la que la empresa tenga obligación de contratarlos.
Por lo que estos compañeros, como todos los que se encuentran relacionados en el ERE, cumplen los requisitos legales y pactados, para poder ser afectados por el mismo.
Al igual ocurre con las prejubilaciones, en ninguna parte se excluyen a ningun trabajador/a en función de edad o antigüedad.
Solo es necesario dos requisitos en el ERE de Mercasevilla; tener mas de 50 años y ser trabajador de Mercasevilla.
Evidentemente los "intrusos", detectados por el Comité de Empresa en las pólizas del ERE de 2007 y en documentos de la Junta de Andaluciá del ERE del 2003, no tienen derecho.
Por otra parte sobre las dudas, vertidas en los medios sobre si trabajó o no en Mercasevilla, el compañero José Antonio Rivera, este nos ha autorizado a hacer pública su vida laboral, en la que no deja lugar a dudas de su relación laboral con Mercasevilla, desde Julio de 1999.

Puedes acceder a la vida laboral en el siguiente enlace: https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0BwwkokBGu5B0Mzg1OTQxYTktNzY0MC00MTVkLWIzMGMtY2RjN2VkODYyNmI1&hl=en&authkey=CJOv_MMI

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Antes de efectuar un comentario, debes saber que no admitimos la utilizacion de los mismos para insultar, en cuyo caso el comentario no sera publicado.